Les compartimos un resumen de algunos de los puntos y modificaciones relevantes sobre el TITULO V de “Modernización Laboral”:
Se derogan los artículos que establecían: i) multas al empleo no registrado, ii) a la falta de entrega de documentación por los empleadores, iii) a la conducta maliciosa y temeraria por la falta de pago en término de indemnizaciones y iv) a las que agravaban los despidos no registrados.
Se implementa un nuevo Sistema Único de Registro. Pudiendo ser inscripta la relación laboral por cualquiera de los intervinientes, la AFIP llevará a su cargo las denuncias y las sentencias de falta de registración laboral. Se incorpora un mecanismo ágil, simplificado y diferenciado para la confección de recibos de sueldo.
Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes, iniciadas con anterioridad, no registradas o registradas deficientemente.
Los contratos de obra y de servicios no presumen la relación de dependencia.
Se modifica el ámbito de aplicación de la Ley de Contrato del Trabajo, siendo excluidos de la misma los empleados públicos, trabajadores agrarios y contrataciones de obra y servicios regidas por el Código Civil y Comercial. A su vez, se mantiene la exclusión del personal de casas particulares, sin perjuicio de las disposiciones de la Ley en lo que resulte compatible.
Se modifica la responsabilidad solidaria de intermediarios y contratistas. Responderán solidariamente, pero se limita expresando que únicamente responderán las empresas usuarias por el tiempo efectivo de prestación de servicios del trabajador.
Se tipifican las causales por las que se produce el despido discriminatorio y la injuria grave en relación a un despido con causa.
Se permite sustituir la indemnización por antigüedad, pudiendo los empleadores optar por un “Fondo de Cese”, contratando un sistema privado, con la finalidad de solventar la indemnización prevista.
Se extiende el período de prueba de 3 a 6 meses, estableciendo reglas para su implementación.
Se establecen las condiciones para las contrataciones del trabajo independiente con colaboradores y el trabajo agrario.
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